5 min de lectura · Actualizado 2026-11-06
Si tienes una casa, un apartamento o un terreno en República Dominicana, es importante conocer el monto exento del Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) para 2026. Este límite determina si debes pagar este impuesto anual y cuánto podría corresponderte.
Para el año 2026, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) estableció el monto exento para las personas físicas en RD$10,695,494. Esto significa que, si el valor conjunto de sus inmuebles gravados no supera esa cantidad, no tienen que pagar IPI por ese patrimonio. Si la supera, se aplica una tasa del 1 % sobre el excedente, de acuerdo con las condiciones establecidas por la normativa.
Por Nancy Cruz
El IPI, o Impuesto al Patrimonio Inmobiliario, es un tributo anual administrado por la DGII que se aplica sobre determinados bienes inmuebles registrados a nombre de personas físicas y fideicomisos.
Para las personas físicas, el monto exento durante 2026 es de RD$10,695,494. La DGII aplica una tasa del 1 % sobre el valor que exceda ese límite, tomando en cuenta el patrimonio inmobiliario gravado conjunto y no necesariamente una sola propiedad de manera aislada.
Están sujetos al IPI:
Entre los inmuebles que pueden estar alcanzados se encuentran las viviendas, los solares urbanos y los inmuebles destinados a actividades comerciales, industriales o profesionales, siempre que no estén amparados por una exención.
El monto exento del IPI se ajusta anualmente de acuerdo con la inflación. Por eso, utilizar cifras de años anteriores puede generar confusión. En 2025, el límite era de RD$10,190,833, mientras que para 2026 aumentó a RD$10,695,494.
Algunos propietarios creen que el impuesto se calcula de forma independiente para cada inmueble. Sin embargo, en el caso de las personas físicas, la DGII considera el valor conjunto del patrimonio inmobiliario gravado registrado a nombre del contribuyente.
También es importante distinguir entre el IPI y otros impuestos relacionados con los inmuebles, como el impuesto de transferencia inmobiliaria. Son obligaciones diferentes y tienen reglas de cálculo distintas.
No conocer las reglas del IPI puede provocar errores en la planificación financiera y en el cumplimiento de las obligaciones tributarias. Entre las situaciones que pueden presentarse están:
Antes de determinar si debes pagar el IPI, conviene verificar los siguientes puntos:
Para las personas físicas, el cálculo se realiza aplicando el 1 % sobre la parte del patrimonio inmobiliario gravado que exceda RD$10,695,494.
Ejemplo ilustrativo: si el patrimonio inmobiliario gravado de una persona física asciende a RD$12,000,000, el cálculo sería:
Este ejemplo es orientativo. El cálculo definitivo depende de los valores reconocidos por la DGII, de los inmuebles efectivamente gravados y de las exenciones que correspondan.
Si tienes dudas sobre el monto que debes pagar o consideras que el cálculo de tu IPI no es correcto, existen varias alternativas para revisar tu situación.
Un contador o asesor fiscal puede ayudarte a identificar los inmuebles que forman parte de tu patrimonio gravado, revisar los valores registrados y determinar si corresponde pagar el impuesto.
La DGII publica el monto exento, las tasas, las condiciones de aplicación y las fechas de pago del IPI. También dispone de herramientas para consultar el valor de los inmuebles y verificar las obligaciones tributarias.
Para el año 2026, la referencia oficial es la Resolución DDG-AR1-2026-00001, que establece el monto exento de RD$10,695,494 para las personas físicas.
La declaración jurada del IPI debe presentarse durante los primeros 60 días del año. El pago se realiza en dos cuotas:
Conviene consultar el calendario tributario de la DGII para confirmar las fechas y los procedimientos aplicables a cada período.
El límite se actualiza anualmente. Para 2026, utilizar el monto de 2025 de RD$10,190,833 en lugar de RD$10,695,494 puede llevar a una estimación incorrecta.
En el caso de las personas físicas, debe revisarse el patrimonio inmobiliario gravado conjunto registrado a su nombre. Analizar únicamente el precio de una vivienda puede dar una visión incompleta de la obligación.
El IPI es un impuesto anual sobre el patrimonio inmobiliario gravado. El impuesto de transferencia inmobiliaria se relaciona con la adquisición o transferencia de un inmueble. No deben confundirse sus montos, plazos ni condiciones.
SITUACIÓN: Una persona física tiene dos propiedades registradas a su nombre y desconoce que la DGII considera el valor conjunto de su patrimonio inmobiliario gravado.
PROBLEMA: Calcula el posible IPI tomando en cuenta solamente el valor de una de las propiedades.
CAUSA POSIBLE: Falta de información sobre el funcionamiento del impuesto y el monto exento vigente en 2026.
DECISIÓN: Antes de verificar los valores registrados y las condiciones de aplicación, realiza un cálculo aproximado basado en una sola propiedad.
SOLUCIÓN EVALUADA: Consultar el patrimonio inmobiliario gravado completo en la DGII y solicitar orientación tributaria para determinar si corresponde pagar el impuesto.
APRENDIZAJE: Conocer el monto exento y la forma en que se calcula el IPI ayuda a evitar estimaciones equivocadas y a planificar las obligaciones fiscales.
Para las personas físicas, el monto exento del IPI en 2026 es de RD$10,695,494. Este límite se aplica al valor conjunto del patrimonio inmobiliario gravado registrado a nombre del contribuyente.
Las personas físicas pagan una tasa del 1 % sobre el excedente de RD$10,695,494. Por ejemplo, si el patrimonio inmobiliario gravado es de RD$12,000,000, el excedente sería RD$1,304,506 y el IPI anual estimado sería RD$13,045.06.
No. Para las personas físicas, la DGII considera el valor conjunto del patrimonio inmobiliario gravado registrado a nombre del contribuyente, no el monto exento por cada propiedad individual.
No. La DGII establece un tratamiento diferente para los fideicomisos: se aplica una tasa del 1 % sobre el valor total de su patrimonio inmobiliario gravado, sin utilizar el mismo umbral exento de las personas físicas.
La DGII contempla exenciones específicas, entre ellas la vivienda y el solar donde está edificada, pertenecientes a personas mayores de 65 años, cuando constituye su único patrimonio inmobiliario y se cumplen las condiciones legales. También se contemplan determinados casos de pensionistas y rentistas de fuente extranjera, terrenos rurales, mejoras agropecuarias en terrenos rurales e inmuebles exentos por leyes especiales.
El IPI se paga en dos cuotas semestrales. La primera vence el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre. La declaración jurada debe presentarse durante los primeros 60 días del año.
Si tienes propiedades en República Dominicana, revisa el valor conjunto de tu patrimonio inmobiliario gravado y compáralo con el monto exento de RD$10,695,494 establecido para las personas físicas en 2026. Verifica también si puedes acogerte a alguna exención y consulta la información oficial de la DGII antes de realizar un pago.
Conocer las obligaciones tributarias relacionadas con una propiedad es parte importante de una buena planificación inmobiliaria. Si estás pensando en comprar, vender o invertir en bienes raíces en República Dominicana, contar con orientación profesional puede ayudarte a tomar decisiones mejor informadas.
Abogada | Agente Inmobiliaria | Experta en Inversiones en Punta Cana y Santo Domingo, República Dominicana
Con más de 20 años de experiencia combinando el derecho inmobiliario con la asesoría personalizada, ayudo a extranjeros, dominicanos ausentes e inversionistas a comprar propiedades seguras y rentables en la República Dominicana. Mi enfoque es claro: proteger tu inversión, simplificar el proceso y guiarte paso a paso hasta lograr tu meta finaciera. MÁS INFORMACIÓN
Trabajo con los principales bancos y desarrolladores del país para brindarte acceso exclusivo a proyectos turísticos, residenciales y oportunidades de inversión con alto potencial. Ya sea que busques una villa frente al mar, un apartamento para alquilar o una casa para retirarte, puedo ayudarte a hacerlo realidad de forma legal, segura y confiable.
¿Listo para invertir en el paraíso?
Consulta tu Impuesto al Patrimonio Inmobiliario : Consulta ipi 2026
El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) es esencial para propietarios en la República Dominicana. Este artículo ofrece una guía sobre cómo consultar tu situación fiscal en la DGII, incluyendo pasos prácticos y casos reales para facilitar el proceso.
Cuándo se genera el IPI en República Dominicana en 2026
Descubre cuándo se genera el Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI) en República Dominicana en 2026, sus causas, consecuencias y cómo manejarlo adecuadamente.
Impuestos a pagar al comprar una casa en Punta Cana en 2026
Descubre los impuestos que debes considerar al comprar una casa en Punta Cana en 2026. Esta guía te llevará paso a paso a través del proceso, asegurando que estés bien informado.