Impuesto de Transferencia Inmobiliaria en RD 2026

Profile Image

Nancy Cruz

Última actualización:  2026-09-30

COMPRADORES
Impuesto de Transferencia Inmobiliaria en RD 2026

El impuesto de transferencia inmobiliaria en República Dominicana es un aspecto importante al comprar un inmueble, ya que forma parte de los requisitos fiscales para registrar el derecho de propiedad a nombre del adquiriente.

En 2026, la tasa general de transferencia inmobiliaria es del 3%, aunque el cálculo no debe hacerse simplemente tomando el precio negociado entre comprador y vendedor. La DGII establece que la tasa se aplica sobre el valor mayor entre el inmueble y el valor indicado en el acto de venta, y existen operaciones que pueden tener un tratamiento diferente o estar exentas.

Whatsapp

Introducción

Cuando compras una propiedad en República Dominicana mediante una operación de compraventa, la transferencia inmobiliaria debe ser gestionada ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) antes de completar el registro del derecho de propiedad correspondiente.

La tasa general es del 3% del valor aplicable al inmueble. Sin embargo, para conocer el monto concreto no basta con multiplicar el precio de compra por 3%, porque la DGII indica que la base corresponde al valor mayor entre el inmueble y el valor del acto de venta.

Además, determinadas transferencias pueden estar exentas o tener reglas particulares. Por eso, antes de presupuestar la compra, conviene verificar el tratamiento fiscal específico de la operación.

Proceso de Pago del Impuesto

El proceso puede variar según el tipo de transferencia, pero estos son algunos de los aspectos principales que debes revisar:

  1. Identificar el tipo de transferencia: no todas las operaciones inmobiliarias tienen exactamente el mismo tratamiento. Una compraventa, permuta, adjudicación o transferencia vinculada a determinados fideicomisos puede tener requisitos diferentes.
  2. Determinar el valor aplicable: para una transferencia inmobiliaria gravada, la DGII indica que el 3% se calcula sobre el valor mayor entre el inmueble y el valor consignado en el acto de venta.
  3. Preparar la documentación: la DGII contempla, entre otros documentos, el acto de transferencia notarizado, copia del título y documentos de identidad de las partes, según corresponda.
  4. Presentar la solicitud ante la DGII: el trámite de transferencia inmobiliaria requiere la documentación correspondiente y la liquidación del impuesto cuando la operación está gravada.
  5. Conservar la constancia del trámite: guarda los comprobantes y documentos relacionados con el pago y la transferencia para continuar con las gestiones registrales correspondientes.

La DGII también establece que las partes deben estar inscritas en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) en calidad de contribuyente o registrado, con el RNC activo, para determinados trámites de transferencia inmobiliaria.

Estudio de Caso 1: Compra de un Apartamento en Santo Domingo

Ejemplo hipotético: una persona compra un apartamento en Santo Domingo por RD$5,000,000 y el valor aplicable reconocido para la transferencia coincide con ese monto.

Si la operación está gravada y no existe una exención aplicable, el 3% de RD$5,000,000 sería RD$150,000. Este ejemplo sirve para ilustrar el cálculo, pero el monto real debe determinarse conforme al valor aplicable establecido por la DGII.

Estudio de Caso 2: Compra de una Propiedad en Punta Cana

Ejemplo hipotético: un comprador adquiere una propiedad en Punta Cana por RD$10,000,000. Antes de calcular el impuesto, debe verificar el valor que la DGII tomará como referencia para la transferencia.

Si el valor aplicable fuera RD$10,000,000 y la operación estuviera gravada, el 3% representaría RD$300,000. Sin embargo, si el valor aplicable fuera superior al precio indicado en el acto de venta, el cálculo se realizaría sobre ese valor mayor.

Estudio de Caso 3: Una Operación con Tratamiento Particular

Ejemplo hipotético: una persona adquiere una propiedad dentro de una estructura de fideicomiso que puede beneficiarse de un tratamiento fiscal particular.

En estos casos no conviene asumir automáticamente que se debe pagar el 3%. La DGII contempla transferencias que pueden estar exentas en determinadas circunstancias, incluyendo algunas relacionadas con fideicomisos de viviendas de bajo costo. El tratamiento dependerá de que la operación cumpla con los requisitos correspondientes.

Antes de calcular el 3%, verifica primero el tipo de transferencia y el valor que corresponde utilizar como base.

Preguntas Frecuentes

¿Cuánto es el impuesto de transferencia inmobiliaria en República Dominicana?

La tasa general es del 3%. Para una transferencia inmobiliaria gravada, la DGII indica que se aplica sobre el valor mayor entre el inmueble y el valor consignado en el acto de venta.

¿Quién paga el impuesto de transferencia inmobiliaria?

En una compraventa, normalmente el impuesto de transferencia corresponde al adquiriente o comprador. No obstante, el tratamiento puede variar según el tipo de operación, por lo que conviene revisar el caso concreto.

¿Qué documentos necesito para pagar el impuesto?

Entre los documentos contemplados por la DGII se encuentran el acto de transferencia notarizado, copia del título y documentos de identidad de las partes, según corresponda. Algunas operaciones pueden requerir documentación adicional.

¿Hay propiedades o transferencias exentas del impuesto?

Sí. Existen situaciones en las que la transferencia puede estar exenta o recibir un tratamiento especial. Por ejemplo, la DGII contempla determinadas transferencias relacionadas con fideicomisos de viviendas de bajo costo, siempre que se cumplan las condiciones establecidas.

¿Existe un plazo para realizar la transferencia?

La DGII recomienda realizar la transferencia dentro de los seis meses posteriores a la emisión del acto traslativo de propiedad para evitar las penalidades correspondientes por retraso.

Si estás comprando una propiedad en República Dominicana, revisar el impuesto de transferencia antes de firmar te permite presupuestar correctamente los gastos de la operación.

Nancy Cruz es abogada inmobiliaria y asesora inmobiliaria en Santo Domingo y Punta Cana. Si estás evaluando comprar una propiedad y necesitas orientación sobre el proceso inmobiliario y la documentación de la operación, puedes comunicarte al 18092990181.

Nancy Cruz

Nancy Cruz

Abogada | Agente Inmobiliaria | Experta en Inversiones en Punta Cana y Santo Domingo, República Dominicana

Con más de 20 años de experiencia combinando el derecho inmobiliario con la asesoría personalizada, ayudo a extranjeros, dominicanos ausentes e inversionistas a comprar propiedades seguras y rentables en la República Dominicana. Mi enfoque es claro: proteger tu inversión, simplificar el proceso y guiarte paso a paso hasta lograr tu meta finaciera. MÁS INFORMACIÓN

Trabajo con los principales bancos y desarrolladores del país para brindarte acceso exclusivo a proyectos turísticos, residenciales y oportunidades de inversión con alto potencial. Ya sea que busques una villa frente al mar, un apartamento para alquilar o una casa para retirarte, puedo ayudarte a hacerlo realidad de forma legal, segura y confiable.

¿Listo para invertir en el paraíso?

COMPRADORES

CONTÁCTAME