Guía para las fechas clave del pago del IPI en República Dominicana en 2026

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Nancy Cruz

Última actualización:  2026-10-08

Impuestos
Guía para las fechas clave del pago del IPI en República Dominicana en 2026

5 min de lectura · Actualizado 2026-10-08

Guía para las fechas clave del pago del IPI en República Dominicana en 2026

El Impuesto al Patrimonio Inmobiliario (IPI) es un impuesto anual que se aplica sobre el patrimonio inmobiliario gravado de las personas físicas y los fideicomisos. Sin embargo, no todos los propietarios tienen un monto a pagar, ya que existen exenciones y un monto exento que se actualiza cada año.

En 2026, conocer las fechas de declaración y pago es especialmente importante para evitar retrasos y mantener al día las obligaciones relacionadas con tus inmuebles.

Respuesta rápida: En 2026, la Declaración Jurada del IPI debe presentarse durante los primeros 60 días del año. El impuesto se paga en dos cuotas: la primera vence el 11 de marzo y la segunda el 11 de septiembre. Para personas físicas, el 1% se aplica sobre el excedente de RD$10,695,494 del patrimonio inmobiliario gravado.

Antes de comenzar: qué necesitas saber

Antes de revisar el monto a pagar, conviene determinar si realmente estás sujeto al IPI y conocer el valor conjunto de tu patrimonio inmobiliario gravado.

  • No todos pagan IPI: Para las personas físicas, el impuesto se aplica cuando el patrimonio inmobiliario gravado supera el monto exento establecido para el año.
  • Monto exento en 2026: Para las personas físicas, el patrimonio inmobiliario está exento hasta RD$10,695,494.00.
  • Se considera el patrimonio en conjunto: Si tienes varios inmuebles gravados, el cálculo toma en cuenta la suma del patrimonio inmobiliario correspondiente.

Proceso de pago del IPI en 2026

El proceso comienza con la revisión de la información registrada ante la DGII y continúa con la declaración, determinación del monto y pago de las cuotas correspondientes.

Paso 1: Verificar el valor de la propiedad

Antes de calcular el IPI, verifica la información de tus inmuebles registrada ante la DGII. El impuesto no se calcula simplemente aplicando el 1% al precio de compra de una propiedad.

Para las personas físicas, el IPI se determina sobre el valor del patrimonio inmobiliario gravado que exceda el monto exento establecido para el año correspondiente. En 2026, ese monto es de RD$10,695,494.

Paso 2: Calcular el monto del IPI

En 2026, las personas físicas pagan una tasa de 1% sobre el excedente de RD$10,695,494 del patrimonio inmobiliario gravado. Por tanto, no corresponde aplicar el 1% sobre todo el valor de la propiedad cuando el patrimonio se encuentra por encima del monto exento.

Por ejemplo, si el patrimonio inmobiliario gravado de una persona física fuera de RD$12,000,000, el cálculo partiría del excedente sobre RD$10,695,494, sujeto a las reglas y exenciones aplicables.

Paso 3: Reunir la documentación necesaria

Si necesitas presentar o actualizar información relacionada con el IPI, la DGII puede requerir documentos de identificación y documentación relacionada con los inmuebles. Cuando una persona realiza la gestión mediante un tercero, también puede requerirse la documentación correspondiente a la representación.

Paso 4: Realizar el pago

El IPI se paga en dos cuotas semestrales:

  • Primera cuota: 11 de marzo de 2026.
  • Segunda cuota: 11 de septiembre de 2026.

La DGII establece estas fechas como límites para el pago de las cuotas. Si una fecha límite coincide con un fin de semana o día feriado, se traslada al próximo día laborable.

Decisiones importantes durante el proceso

Durante el proceso, lo más importante es verificar correctamente tu situación fiscal y utilizar los canales disponibles para cumplir con el pago.

  • Revisar si tienes IPI a pagar: No todos los propietarios tienen una obligación de pago, debido al monto exento y las exenciones aplicables.
  • Verificar las fechas: Marca el 11 de marzo y el 11 de septiembre como fechas clave del calendario fiscal.
  • Conservar la constancia: Guarda los comprobantes correspondientes después de realizar cada pago.

Errores que debes evitar

  • Asumir que todos los propietarios pagan IPI: La obligación depende del patrimonio gravado y de las exenciones aplicables.
  • Aplicar el 1% sobre toda la propiedad: Para personas físicas, en 2026 la tasa se aplica sobre el excedente de RD$10,695,494.
  • Confundir el valor de una propiedad con el patrimonio inmobiliario: Cuando una persona posee varios inmuebles, el patrimonio inmobiliario debe analizarse de manera conjunta para determinar la obligación.
  • Olvidar las fechas de pago: Las cuotas tienen fechas límite específicas.
  • No conservar los comprobantes: Guarda las constancias de los pagos realizados.

¿Qué sucede después?

Después de realizar cada pago, conserva la constancia correspondiente y verifica que la obligación haya quedado correctamente registrada ante la DGII.

Si existen diferencias en la información de tus inmuebles o en el monto generado, conviene consultar con la DGII antes de asumir que el cálculo es correcto.

Checklist del proceso

  • ☐ Revisar los inmuebles registrados ante la DGII.
  • ☐ Verificar el patrimonio inmobiliario gravado.
  • ☐ Comprobar el monto exento vigente para 2026.
  • ☐ Presentar la declaración dentro de los primeros 60 días del año cuando corresponda.
  • ☐ Recordar el vencimiento de la primera cuota: 11 de marzo.
  • ☐ Recordar el vencimiento de la segunda cuota: 11 de septiembre.
  • ☐ Conservar los comprobantes de pago.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las fechas de pago del IPI en 2026?

La primera cuota vence el 11 de marzo de 2026 y la segunda el 11 de septiembre de 2026.

¿Cuánto es el IPI en 2026?

Para personas físicas, la tasa es del 1% sobre el excedente de RD$10,695,494 del patrimonio inmobiliario gravado.

¿Todos los propietarios deben pagar IPI?

No. En 2026, el patrimonio inmobiliario gravado de las personas físicas cuyo valor conjunto sea igual o inferior a RD$10,695,494 está exento, además de otras exenciones previstas por la normativa.

¿Cuándo se presenta la declaración del IPI?

La Declaración Jurada del IPI debe presentarse durante los primeros 60 días del año.

¿Qué pasa si la fecha de pago cae en un día no laborable?

Si la fecha límite coincide con un fin de semana o día feriado, la fecha se prorroga al próximo día laborable.

Por Nancy Cruz — Abogada inmobiliaria y asesora inmobiliaria en Santo Domingo y Punta Cana

Nancy Cruz

Nancy Cruz

Abogada | Agente Inmobiliaria | Experta en Inversiones en Punta Cana y Santo Domingo, República Dominicana

Con más de 20 años de experiencia combinando el derecho inmobiliario con la asesoría personalizada, ayudo a extranjeros, dominicanos ausentes e inversionistas a comprar propiedades seguras y rentables en la República Dominicana. Mi enfoque es claro: proteger tu inversión, simplificar el proceso y guiarte paso a paso hasta lograr tu meta finaciera. MÁS INFORMACIÓN

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