5 min de lectura · Actualizado 2026-10-01
Cuando compras una propiedad en República Dominicana, una de las etapas fundamentales es formalizar la transferencia del derecho de propiedad y registrarla ante el Registro de Títulos. Sin embargo, el costo del proceso no corresponde a una tarifa única por “sacar el título”.
En una compraventa, el gasto principal puede ser el impuesto de transferencia inmobiliaria, al que pueden sumarse tasas registrales, gastos notariales y otros costos dependiendo de las características de la operación. En esta guía te explicamos cómo identificar y calcular estos conceptos en 2026.
Antes de hacer el cálculo, es importante determinar qué tipo de operación vas a realizar. Una compraventa, donación, permuta o sucesión puede tener requisitos y tratamientos diferentes.
Por esta razón, no es recomendable utilizar un porcentaje fijo como si representara el costo total de obtener el título.
En una compraventa, la DGII establece una tasa general del 3% sobre el mayor valor entre el inmueble y el valor indicado en el acto de venta. Por ejemplo, si el valor considerado por la DGII fuera RD$5,000,000 y el acto de venta indicara RD$4,800,000, la referencia para el cálculo sería RD$5,000,000.
En ese ejemplo hipotético:
RD$5,000,000 × 3% = RD$150,000
Este resultado representa una estimación del impuesto de transferencia, no el costo total del proceso. La DGII también dispone de una herramienta de calculadora de transferencia inmobiliaria para obtener un monto estimado y señala que la confirmación puede requerir la intervención del área de tasación correspondiente.
Una vez estimado el impuesto de transferencia, debes identificar los demás gastos relacionados con la operación.
El Registro Inmobiliario establece que la transferencia por venta se presenta mediante un acto de compraventa y documentos complementarios, y actualmente permite determinadas modalidades de presentación presencial, electrónica y mediante depósito remoto.
Después de preparar la documentación y cumplir con los pagos que correspondan, el acto de compraventa se presenta ante el Registro de Títulos competente, que es la institución encargada de inscribir la transferencia del derecho de propiedad.
Para una transferencia por venta, el Registro Inmobiliario contempla como documento base el acto bajo firma privada o acto auténtico, junto con el duplicado o extracto del certificado de título o constancia anotada transferible y otros documentos que correspondan al caso. Para esta actuación, el tiempo de respuesta publicado es de 30 días hábiles, sujeto al plazo institucional aplicable.
Una vez completado el trámite, la transferencia queda inscrita conforme al resultado del proceso registral.
Al calcular los costos y gestionar la transferencia de una propiedad, evita estos errores frecuentes:
Una vez presentada la transferencia, debes conservar los comprobantes de pago y la documentación relacionada con el expediente. También es recomendable verificar el resultado del trámite registral.
Si posteriormente deseas vender, hipotecar, donar o realizar otra operación sobre el inmueble, podrás necesitar documentos registrales y fiscales actualizados.
No existe una tarifa única. El costo depende del tipo de operación, los impuestos aplicables y los gastos notariales, registrales y legales que correspondan.
En una compraventa, la tasa general es del 3% sobre el mayor valor entre el inmueble y el valor establecido en el acto de venta, cuando no corresponda una exención o tratamiento especial.
La DGII dispone de una calculadora de transferencia inmobiliaria que permite obtener una estimación utilizando el valor de tasación y la fecha del acto de venta. Para confirmar el monto aplicable, puede ser necesario acudir al área de tasación correspondiente.
Para la transferencia por venta, el Registro Inmobiliario publica actualmente un tiempo de respuesta de 30 días hábiles, sujeto al plazo institucional correspondiente.
La conveniencia de contar con asistencia legal depende de la operación y de sus circunstancias. Una revisión por un abogado inmobiliario puede ser especialmente útil cuando existen varios titulares, representación, cargas, condiciones contractuales particulares u otras situaciones que requieran análisis jurídico.
Por Nancy Cruz — Abogada inmobiliaria y asesora inmobiliaria en Santo Domingo y Punta Cana
Abogada | Agente Inmobiliaria | Experta en Inversiones en Punta Cana y Santo Domingo, República Dominicana
Con más de 20 años de experiencia combinando el derecho inmobiliario con la asesoría personalizada, ayudo a extranjeros, dominicanos ausentes e inversionistas a comprar propiedades seguras y rentables en la República Dominicana. Mi enfoque es claro: proteger tu inversión, simplificar el proceso y guiarte paso a paso hasta lograr tu meta finaciera. MÁS INFORMACIÓN
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