6 min de lectura · Actualizado 2026-10-19
Comprar una propiedad en construcción implica asumir compromisos económicos que pueden extenderse durante meses o años. Por eso, una de las dudas más importantes para el comprador es si la constructora puede aumentar el precio después de haber firmado el contrato. En República Dominicana, la respuesta depende de las condiciones pactadas, de la existencia de una cláusula de ajuste y de las normas aplicables. En esta guía te explicamos qué revisar y cómo actuar si te notifican un incremento.
Antes de evaluar si el incremento solicitado es procedente, reúne los documentos y comprueba las condiciones que aceptaste al contratar:
El hecho de que aumenten los materiales, la mano de obra o los costos generales de construcción no demuestra, por sí solo, que la constructora tenga derecho a trasladar ese aumento al comprador. Es necesario examinar el contrato y las circunstancias concretas de la operación.
Busca la cláusula que determina el precio de la propiedad y verifica si el importe está fijado como una cantidad concreta o si se encuentra sujeto a alguna fórmula de ajuste expresamente pactada.
Comprueba los siguientes elementos:
Si el contrato establece un precio determinado y no contiene una disposición aplicable que permita modificarlo, no debes asumir que la constructora puede imponer una cantidad adicional por decisión propia. La conclusión definitiva requiere revisar el contrato completo y las normas aplicables.
Algunos contratos incluyen disposiciones sobre variaciones de costos, cambios solicitados por el comprador, modificaciones de las características del inmueble o circunstancias específicas que pueden afectar el precio. No todas estas cláusulas tienen el mismo alcance.
Si encuentras una cláusula de ajuste, verifica:
En República Dominicana, la Ley General de Protección de los Derechos del Consumidor o Usuario núm. 358-05 establece reglas de protección contractual. Su artículo 83 contempla, para los contratos de adhesión, restricciones a cláusulas que permiten al proveedor modificar los términos y condiciones del contrato sin previo aviso, además de otras estipulaciones abusivas. La aplicación de estas reglas debe evaluarse según el tipo de contrato y las circunstancias concretas.
Puedes consultar el texto de la Ley núm. 358-05 en el sitio oficial de Pro Consumidor y la información institucional sobre contratos de adhesión.
Si la constructora comunica un incremento, evita tomar una decisión basándote únicamente en la explicación comercial que te proporcionen. Un abogado inmobiliario puede revisar el contrato, identificar las cláusulas relevantes y evaluar si el cambio propuesto tiene fundamento.
Para facilitar la revisión, entrega:
La revisión legal debe considerar tanto la redacción del contrato como el contexto de la operación. Una cláusula de ajuste no debe interpretarse de forma aislada: es importante determinar su alcance, las condiciones para aplicarla y si existen normas de protección al consumidor relevantes.
Si no estás de acuerdo con el incremento o no comprendes su fundamento, solicita una respuesta por escrito antes de aceptar nuevas condiciones. Mantén una comunicación clara y conserva copia de todo lo intercambiado.
En tu solicitud, puedes pedir que la constructora:
No firmes una adenda ni aceptes un nuevo calendario de pagos sin comprender sus consecuencias. Si recibes una comunicación que te exige pagar de inmediato, consulta a tu abogado para evaluar cómo responder y cómo cumplir las obligaciones vigentes mientras se aclara la controversia.
Si la constructora insiste en aplicar el incremento y consideras que contradice el contrato o vulnera tus derechos, existen vías que puedes evaluar con asesoría legal.
No dejes de pagar cuotas ni canceles el contrato por tu cuenta sin evaluar primero las consecuencias. La respuesta adecuada depende de las obligaciones vigentes, de la situación concreta y de la estrategia legal más conveniente.
Ante una solicitud de aumento de precio, conviene analizar cada alternativa con información suficiente:
Si la constructora intenta cambiar el precio después de la firma, evita estos errores frecuentes:
Una vez revisada la documentación y solicitada la explicación de la constructora, el siguiente paso dependerá de lo que se determine sobre el aumento y de las condiciones de tu contrato.
La clave es no aceptar automáticamente un aumento ni asumir que puedes ignorarlo sin consecuencias. Analiza el contrato completo, solicita información verificable y toma decisiones con orientación legal independiente.
No debe suponerse que puede hacerlo unilateralmente. Es necesario revisar el precio pactado, las cláusulas de ajuste, los acuerdos posteriores y las normas aplicables. Si existe una cláusula que permite modificar el precio, también debe evaluarse su alcance y validez.
Si el contrato fija un precio y no contempla una disposición aplicable que permita ajustarlo, la constructora no debe asumir que puede imponer un incremento por decisión propia. La conclusión depende del documento completo y de las circunstancias de la operación.
No necesariamente. La existencia de una cláusula no resuelve por sí sola si puede aplicarse en un caso concreto. Deben revisarse su redacción, las condiciones establecidas y las normas pertinentes. En los contratos de adhesión, la Ley núm. 358-05 contempla restricciones a determinadas cláusulas abusivas.
Solicita por escrito la cláusula que fundamenta el ajuste, la explicación del cálculo y los documentos justificativos. Antes de aceptar, firmar una adenda o suspender pagos, consulta a un abogado inmobiliario independiente.
Puedes consultar con Pro Consumidor si tu caso está comprendido en sus competencias y cuáles son los procedimientos disponibles. La vía adecuada dependerá de la naturaleza de la relación contractual y de los hechos de tu caso.
Reúne el contrato firmado, los anexos y modificaciones, los comprobantes de pago, la comunicación de la constructora y cualquier documento que explique el cálculo del incremento. Esta información ayudará a evaluar las condiciones pactadas y las opciones disponibles.
Por Nancy Cruz — Abogada inmobiliaria y asesora inmobiliaria en Santo Domingo y Punta Cana.
Abogada | Agente Inmobiliaria | Experta en Inversiones en Punta Cana y Santo Domingo, República Dominicana
Con más de 20 años de experiencia combinando el derecho inmobiliario con la asesoría personalizada, ayudo a extranjeros, dominicanos ausentes e inversionistas a comprar propiedades seguras y rentables en la República Dominicana. Mi enfoque es claro: proteger tu inversión, simplificar el proceso y guiarte paso a paso hasta lograr tu meta finaciera. MÁS INFORMACIÓN
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